los 5 errores que debes evitar si usas imágenes de google
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¿Todas las imágenes de google se pueden usar? ¿Es internet una fuente de acceso público? ¿Existen mecanismos para saber qué imagen puedo usar y cuál no? ¿Dónde puedo encontrar imágenes gratis?
A lo largo de esta publicación pienso darle respuesta a todas estas cuestiones y a muchas más que seguro te producen una gran inseguridad. Cada día son más los blogs y páginas web que abren sus puertas al mundo dando valor y abordando infinidades de temas. Para enriquecer todos esos contenidos, hay un elemento que no puede faltar y son las imágenes. Ya te adelanto, que si te has preguntado si puedes utilizar imágenes gratis de google y ponerlas en tu post, la respuesta es NO. Existen errores que no debes cometer a la hora de usar imágenes tomadas de internet.
Me pongo en tu lugar y sé que no es nada fácil, crear contenidos atractivos para tu blog y el tiempo apremia muchas veces. Te puedes haber liado entre clientes, implementado nuevas herramientas en tu web y cuando miras el reloj te pillo la rueda para maquetar la publicación que tienes planificada que salga en breve. Es ahí donde más cuidadoso debes ser, para evitar errores que pueden lamentar después. Cómo tomar una imagen y hacer cambios sobre la misma, sin reconocer a su autor y sin que conste de licencia creative commons que permita la modificación.
Has trabajado mucho para llegar hasta donde estás, por eso te estoy alertando para que tengas claro, lo que no debes hacer y mantengas tu imagen íntegra. ¿Sigues conmigo? Pues vamos a ver esos errores…
Usar imágenes de google sin tener en cuenta el derecho de autor
Antes de disponer de las imágenes de google debes tener en cuenta el derecho de autor y la normativa que la regula.
Las imágenes son consideradas obras al amparo de la Propiedad Intelectual, cuya protección jurídica se encuentra en el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (en adelante, LPI).
La LPI establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor.
La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra, siempre que se respeten las limitaciones fijadas al derecho de explotación en la Ley.
La LPI autoriza el uso de las imágenes sin que medie la autorización de su autor en los siguientes supuestos:
- Con fines docentes o de investigación: Siempre y cuando se refieran a obras ya divulgadas y se incluyan mediante citas, comentarios o un juicio crítico. No obstante siempre debes indicar la fuente y el nombre del autor de la obra.
- Parodia: No será necesario requerir el consentimiento del autor si la transformación de la obra no crea un riesgo de confusión ni daño a la obra original.
- Por otro lado la LPI distingue, teniendo en cuenta la protección que reciben, entre obra fotográfica o de diseño, y la mera fotografía.
- Obra fotográfica o de diseño: Este tipo de obras llevan implícita la originalidad y personalidad del creador de la misma. Por ello están protegidas durante toda la vida de su autor y hasta 60 años después de su muerte.
- Mera fotografía: Resulta solo de la captura de una imagen, en un momento determinado, sin que medie intención creativa. En este caso están protegidas sólo durante 25 años, contados a partir del año siguiente a su realización.
No tener en cuenta las licencias Creative Commons (CC)
¡Te preguntarás! ¿Qué debo saber sobre las licencias creative commons?
Son licencias que permiten el reconocimiento de la obra, la modificación y transformación de la misma, compartirlas y su utilización con fines comerciales.
Hay 4 licencias básicas de la que se forman 6 combinaciones. Debes saber que, siempre se solicitará el reconocimiento o atribución del autor de la imagen, por parte de quién la usará.
Dependiendo de la licencia que le haya atribuido su autor a la imagen que te gusta, tendrás mayor o menores ventajas.
¿Valen la pena estas licencias? Si te gusta hacer las cosas bien, si eres creativo y le darás tu toque personal o si estás pensando en darle un fin comercial, te digo que valdrá la pena.
4 tipo de licencias básicas
- Reconocimiento (Attribution): Siempre que utilices la imagen o fotografía, tendrás que nombrar a su autor.
- No Comercial (Non commercial): podrás usar obra libremente, pero siempre y cuando no recibas ningún beneficio comercial por ello.
- Compartir Igual (Share alike): tendrás autorización para la creación de obras derivadas, siempre y cuando mantengas la misma licencia para su divulgación.
- Sin obras derivadas (No Derivate Work): podrás explotar la obra, pero sin modificarla.

“Ten siempre presente que reconocer a su autor es una constante de todas las creative commons (CC)”.
Combinación de licencias básicas

Obviar la potencialidad de los bancos de imágenes
Pasar por alto la opción de utilizar los bancos de imágenes es un error que se da muy a menudo. Unas veces por desconocimiento y otras por pensar que serán un gran coste añadido más para tu blog.
Actualmente existen numerosos bancos de imágenes a unos precios muy asequibles.
Existen bancos de imágenes gratuitos, de pagos o incluso específicos como por ejemplo para la búsqueda de iconos. Aquí te dejo una pequeña lista de algunos que me gustan:
Bancos de imágenes gratuitos
Flickr creative commons: Banco de imágenes bajo las diversas tipologías de Creative Commons.
Pixabay: Banco de imágenes y vídeos publicados libres de derechos de autor, bajo la licencia Creative Commons CC0.
Unsplash: Banco de imágenes publicadas libres de derechos de autor, bajo la licencia Creative Commons CC0.
Bancos de imágenes de pago
Bancos de iconos
Búsqueda de imágenes con licencias creative commons
En la propia web de la Creative Commons verás un acceso directo para explorar obras con licencias CC, donde puedes segmentar la búsqueda por la tipología de la licencia. Aquí encontrarás todo tipo de contenido multimedia.
También puedes buscar en Google contenido con Creative Commons, ya que te permite hacer una búsqueda por tipo de licencia y de esa manera podrás encontrar imágenes sin copyright en Google.
Por último podrás encontrar material de todo tipo en Wikimedia Commons y en el repositorio multimedia de Wikipedia, que son de los principales usuarios con licencias.
Tomar imágenes de google con la certeza de que es una fuente de acceso pública
Es muy común hallar casos donde se utilizan imágenes de google sin hacer ningún filtro sobre su procedencia. Esto es normal, pues existe la certeza que google es una fuente de acceso pública. ¿Es esto cierto? ¿Sabes el verdadero significado del término “fuente de acceso al público”?
Aclaremos esta cuestión. Según el artículo 3 de la Ley orgánica de protección de datos 15-1999, tienen la consideración de fuentes de acceso público, “exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al grupo.
Asimismo, tienen el carácter de fuentes de acceso público, los Diarios y Boletines oficiales y los medios de comunicación”. Aunque esta ley fue derogada por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la actual normativa vigente no hace referencia a este término.
Hace unas semanas, hablando con un cliente, sobre unas imágenes de google que había puesto en un post de su blog, me preguntó si su acción era correcta. A lo que le respondí: ¿Qué opinas tú? ¿Has pedido consentimiento a su propietario? No porque lo veas en internet significa que lo puedes usar.
Todo el contenido que encuentres en google no es una fuente de acceso al público, por lo cual se requiere la autorización del propietario para su uso.
Cuidado con el contenido de las imágenes que hagas
Aunque me centre en este apartado en las imágenes que hagas tú con tu cámara, ten en cuenta que se aplica también a los contenidos de las imágenes de google. Sin duda el mejor escenario posible es que crees tus propias imágenes, tanto por seguridad como por creatividad y además estarás siempre tranquilo.
Las imágenes que has creado tú le puedes dar el uso que deseas, pero ojo!!! Debes ser cauteloso con su contenido. Hay varios factores que debes tener en cuenta:
Aparecen otras personas en la imagen. En este caso necesitas el consentimiento de la persona presente en la imagen para su publicación. En el supuesto que haya un menor de edad, necesitarás la autorización de sus padres o tutores legales.
También debes tener sumo cuidado si en la imagen aparece alguna marca renombrada o reconocida. En este caso te aconsejo que si no tienes su consentimiento metas algún filtro para que no sea elegible.
Es posible que aparezca alguna zona privada en la imagen. Sin el consentimiento de la propiedad te aconsejo que rehuyas de su utilización.
Es muy común que aparezca la matrícula de un coche sin darnos cuenta, en este caso lo mejor es degradar la zona y evitar problemas.
En definitiva ten cuidado con cualquier elemento que pueda identificar a la persona o sea reconocible. Te aconsejo que siempre revises tus imágenes antes estas cuestiones y evitarás un susto.
¿Imágenes gratis de Google?
Si quieres encontrar imágenes en google gratis solo tienes que entrar en Google Imágenes, añadir en el buscador la palabra que quieres consultar, seguidamente hacer clic en Herramientas, lo encontrarás un poco más abajo a la derecha, y por último en derechos de uso seleccionar Licencia Creative Commons y de esta manera te aparecerán las imágenes sin copyright de Google que puedes utilizar legalmente.
Utiliza imágenes legales en tu web o blog
¿Cómo te sientes? ¿Te has identificado con alguno de estos errores? No te preocupes que rectificar es de sabios, equivocarse y aprender de los errores te llevará a un siguiente nivel.
Espero haberte ayudado a aclarar que debes hacer cuando te encuentras con imágenes de google que te impacten.
Ponte en los zapatos de los autores, y sabrás cómo se sienten cuando utilizan sus imágenes y no le reconocen su autoría, y los méritos y me gustas se los lleva otro. ¿No es justo, verdad? ¿A ti tampoco te gustaría, verdad?
Por eso siempre gratifica mencionar a los autores de las imágenes que uses. Estoy segura que te encantaría que hicieran lo mismo si ocurriera al contrario.
Por último, si tienes cualquier duda sobre el uso de las imágenes de google, puedes hacerme tantas preguntas como quieras, que estaré encantada de contestarte a continuación…

Últimas noticias de protección de datos en 2022 – Parte 1

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Destinatarios: No se cederán a terceros salvo obligación legal.
Derechos: Puedes ejercitar en cualquier momento tus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y demás derechos legalmente establecidos a través del siguiente e-mail: info@legalbox.plus.
Información adicional: Puedes consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos aquí.
Buenos días, un placer leerte.
De los bancos de imágenes que recomiendas, me encanta unplash por su cantidad de foto diarias, aunque va más enfocado a viajes es el único problema.
No se si me puedes aconsejar de los formatos de imagen siguientes https://softwareinformatico.com/blog/formatos-de-imagen/ si es recomendable tirar más por jpg, svg o webp
Buenas tardes Alexia,
Muchas gracias por tus palabras, me alegra que el post te haya resultado de utilidad.
Con respecto a tu pregunta sobre los bancos de imágenes, además de unplash puedes utilizar:
Flickr creative commons: Banco de imágenes bajo las diversas tipologías de Creative Commons.
Pixabay: Banco de imágenes y vídeos publicadas libres de derechos de autor bajo la licencia Creative Commons CC0.
Estos bancos son gratuitos.
Como bancos de imagines de pago están: Fotolia, Istockphoto, Foter
Los formatos de las imágenes van vinculados al uso que le das a las mismas y a su finalidad. Los más usados son PNG y JPG.
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias.
Saludos:)