NOVEDADES EN LA GUÍA DE COOKIES AEPD
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Vuelven las novedades sobre las cookies en la guía de cookies AEPD. Ya han pasado 3 años de la última guía sobre las cookies que lanzó las AEPD. ¿Por qué ahora es una pregunta que te puedes estar haciendo ahora?
Debido a las directrices de la Comisión Europea en febrero de 2023. Las empresas y todas las páginas web están obligadas a implementar estos cambios y tienen de plazo hasta enero de 2024 para hacerlo.
Acompáñame hasta el final y verás cuales son los nuevos cambios que debes implementar para la gestión de las cookies.

Grandes cambios con la nueva Guía de Cookies AEPD
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- Que las acciones de aceptar o rechazar cookies tienen que presentarse a la persona usuaria en un lugar y formato destacados. Además ambas acciones deben estar al mismo nivel, sin que sea más complicado rechazarlas que aceptarlas. De ahí que haya el mismo nivel de simplicidad y accesibilidad.
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- Cuando hablamos de las cookies de personalización o cookies personalizadas, y el propio usuario toma decisiones sobre ellas, tal es el caso de elegir el idioma de la web, otro ejemplo claro es la selección de moneda con que se desean realizar las transacciones o compras online. En estos supuestos se trata de cookies técnicas que no requieren el consentimiento, sin que puedan ser utilizadas para otras finalidades.
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- Siguiendo con la personalización de las cookies, si es el editor el que adopta este tipo decisiones sobre las cookies de personalización basándose en la información que obtiene del usuario, en este caso se deberá informar sobre ello ofreciendo de forma destacada la opción de aceptarlas o rechazarlas. Como en el caso el editor tampoco podría utilizarlas para otras finalidades. Es muy importante que lo tengas presente si vas a elegir esta opción para tu web.
- Otro cambio importante es sobre los muros de cookies. Desde la Guía de cookies anterior, ya se hacía hincapié en que para que el consentimiento pudiera considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no podía estar condicionado a que el usuario consistiera el uso de cookies. Esto significa que habían supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impidiese el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informará al usuario y se ofreciera por parte del editor una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies. En esta nueva versión de la Guía se aclara que dicha alternativa no tendrá por qué ser necesariamente gratuita. Profundizaré más cuando veamos las novedades una por una. Así lo tendrás todo muy claro y cuando llegue el 11 de enero de 2024 tu web estará lista.

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Novedades en la Guía sobre el uso de las cookies de la AEPD
Siempre he sido muy visual y creo que el ver hacia donde vamos nos abre un gran campo sobre el camino a recorrer. Así que ahora te voy a mostrar con ejemplos cuáles son los nuevos banner recomendados por la AEPD en su guía de cookies y posteriormente te explicaré las novedades una por una. Así que no te faltará nada.
Estos primeros ejemplo son para cookies propias y de terceros para fines a análisis y publicidad comportamental:




Novedades en la Ley de Cookies
- La primera novedad que es visible en la nueva guía de la AEPD es su actualización sobre los banners de cookies. Esa primera capa informática que es lo primera que nos salta cuando entramos a una página web donde se solicita el consentimiento de la persona usuario:
- Sobre el banner de cookies se exige a las empresas que incorporen un botón de Rechazar todo o algún mecanismo similar que posibilite a los visitantes dar su negativa hacia todo tipo de información que se pueda recopilar y para cualquier finalidad.
- La AEPD enfatiza que la opción de rechazo no debe estar oculta o resultar menos visible para los visitantes , por lo que no se deben usar colores que lleven a confusión a la persona usuaria o dificulten su lectura para que acepten por error.
- Máxima transparencia hacia todas las personas usuarias que visten tu web. Todas las políticas deben estar desarrolladas en un lenguaje claro y sencillo que permita la máxima compresión.
- La política de cookies debe contener los siguiente puntos:
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- Definición de que es una cookie,
- Explicar su función genérica.
- Brindar información sobre el tipo de cookies de la web.
- Cual es la finalidad de estar cookies.
- Quienes son los terceros y editor en la web.
- Ofrecer instrucciones sobre cómo aceptar, denegar o revocar el consentimiento de las cookies.
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- En el caso de que vayas a realizar transferencias internacionales de datos también se debe informar a los visitantes de tu web, así como la duración del tiempo por el que vas a conservar sus datos.
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- Otra novedad es para el caso que uses cookies para elaborar perfiles y la toma de decisiones automatizadas, la AEPD indica que: «con efectos jurídicos para el usuario o que le afecten significativamente de modo similar, será necesario que se informe sobre la lógica utilizada, así como la importancia y las consecuencias previstas de dicho tratamiento«
- Como otra novedad esencial está el Pagar por no Aceptar las Condiciones que significa esto te preguntarás: La AEPD señala que la opción de denegar el acceso al servicio en el supuesto de que la persona usuaria rechace las cookies e indica que: «Podrán existir determinados supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impida el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe adecuadamente al respecto al usuario y se ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies«

Cumple con la nueva Guía de Cookies AEPD con la ayuda de Legal Box Plus
Cumple con la nueva Guía de Cookies AEPD con Legal Box Plus. Siempre estamos un pie por delante para que te despreocupes de los temas de privacidad de tu negocio.
Pues cumplir con la nueva guía de cookies con Legal Box Plus y además con todos los textos legales y exigencias de las autoridades de control como la AEPD.
No es mi intención asustarte, pero debes saber que aunque la AEPD ha considerado como leves los incumplimientos en materia de cookies las multas impuestas actualmente han estado entre los 3000 y los 300.000 euros.
Tienes en tus manos toda la información para transformar tu negocio y tu vida a la tranquila que mereces y que no lleguen a tu puerta multa de infarto que pueden tirar a un barranco todo los que has construido.
Te espero en Legal Box Plus.

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